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Arraigo laboral

Autorización de residencia para extranjeros en situación irregular que demuestren relaciones laborales no declaradas de al menos 6 meses durante los últimos 2 años de residencia en España. No requiere contrato de trabajo vigente en el momento de la solicitud.

El arraigo laboral permite a extranjeros en situación irregular obtener autorización de residencia temporal acreditando relaciones laborales previas no declaradas. Se regula en el artículo 124.1 del Reglamento de Extranjería.

Requisitos principales: - Al menos 2 años de residencia continuada en España - Relaciones laborales de al menos 6 meses durante ese período (aunque fueran no declaradas) - Ausencia de antecedentes penales graves - No contar con prohibición de entrada en España

Prueba de relaciones laborales: testigos, transferencias bancarias, facturas, contratos informales, comunicaciones escritas con el empleador, nóminas parciales, partes de accidente laboral.

Documentos clave: Pasaporte, padrón, certificado antecedentes penales (apostillado), pruebas de relación laboral, tasa Modelo 790-052.

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