Arraigo laboral
Autorización de residencia para extranjeros en situación irregular que demuestren relaciones laborales no declaradas de al menos 6 meses durante los últimos 2 años de residencia en España. No requiere contrato de trabajo vigente en el momento de la solicitud.
El arraigo laboral permite a extranjeros en situación irregular obtener autorización de residencia temporal acreditando relaciones laborales previas no declaradas. Se regula en el artículo 124.1 del Reglamento de Extranjería.
Requisitos principales: - Al menos 2 años de residencia continuada en España - Relaciones laborales de al menos 6 meses durante ese período (aunque fueran no declaradas) - Ausencia de antecedentes penales graves - No contar con prohibición de entrada en España
Prueba de relaciones laborales: testigos, transferencias bancarias, facturas, contratos informales, comunicaciones escritas con el empleador, nóminas parciales, partes de accidente laboral.
Documentos clave: Pasaporte, padrón, certificado antecedentes penales (apostillado), pruebas de relación laboral, tasa Modelo 790-052.
