ArraigoGuía 2026

Arraigo Social 2026: Requisitos y Proceso Completo

Guía completa y actualizada sobre el arraigo social en España: requisitos de 3 años de residencia, contrato de trabajo, informe de integración, documentación necesaria y todo el proceso paso a paso.

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El arraigo social es una de las vías más utilizadas para obtener la residencia legal en España cuando has vivido en el país de forma irregular durante al menos 3 años. Esta guía te explica todos los requisitos y el proceso completo actualizado para 2026.

1. ¿Qué es el arraigo social?

El arraigo social es un tipo de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que permite regularizar tu situación en España si has permanecido de forma continuada en el país durante al menos 3 años y cumples otros requisitos relacionados con el trabajo y la integración social.

ℹ️ Base legal:

El arraigo social está regulado en el artículo 124 del Reglamento de la Ley de Extranjería y es una de las tres modalidades de arraigo: social, laboral y familiar.

Esta autorización te permite:

  • Residir legalmente en España
  • Trabajar por cuenta ajena o propia
  • Acceder a servicios públicos (sanidad, educación)
  • Viajar dentro del espacio Schengen una vez tengas tu tarjeta
  • Renovar tu residencia y avanzar hacia la residencia permanente

2. Requisitos completos

Para solicitar el arraigo social debes cumplir TODOS estos requisitos:

Requisitos obligatorios

  • 1.Permanencia de 3 años en España: Debes demostrar que has vivido de forma continuada en España durante al menos 3 años
  • 2.Carecer de antecedentes penales: Tanto en España como en tus países de residencia anteriores
  • 3.No estar en período de prohibición de entrada a España
  • 4.Tener vínculos familiares en España (padres, hijos, cónyuge con residencia legal) O presentar informe de integración social
  • 5.Contrato de trabajo: Presentar un contrato firmado de mínimo 1 año a tiempo completo, o varios contratos que sumen 30 horas semanales

Requisito 1: Los 3 años de permanencia

Este es el requisito fundamental. Debes probar que has estado en España de manera continuada durante al menos 3 años. La forma principal de demostrarlo es mediante:

  • Certificados de empadronamiento históricos: Que cubran los 3 años completos
  • Documentos complementarios: Contratos de alquiler, facturas de servicios, certificados escolares, recibos médicos, etc.

⚠️ Importante sobre el empadronamiento:

Aunque te hayas empadronado tarde, puedes acreditar tu permanencia anterior con otros documentos. Los ayuntamientos pueden realizar empadronamientos "con efectos retroactivos" si presentas pruebas suficientes.

Requisito 2 y 3: Antecedentes y prohibiciones

No debes tener antecedentes penales en España ni en tus países de nacionalidad o residencia durante los últimos 5 años. Esto se verifica mediante:

  • Certificado de antecedentes penales español (se solicita en la Policía o online)
  • Certificado del país de origen apostillado y traducido

Requisito 4: Vínculos familiares o integración

Tienes dos opciones (solo necesitas una):

Opción A - Vínculos familiares: Tener familiares directos (padre, madre, hijo, cónyuge) con residencia legal en España.

Opción B - Informe de integración social: Si no tienes familia, debes obtener este informe del ayuntamiento donde resides (explicado en detalle más abajo).

3. El contrato de trabajo

El contrato de trabajo es uno de los requisitos más importantes y a menudo el más difícil de conseguir. Debe cumplir estas condiciones:

Características del contrato:

  • Duración mínima: 1 año
  • Jornada mínima: Tiempo completo (40 horas semanales) o parcial sumando mínimo 30 horas semanales
  • Firmado: Debe estar firmado por el empleador y el trabajador
  • Actividad real: El negocio del empleador debe ser real y viable
  • Capacidad económica del empleador: Debe demostrar que puede pagar el salario

📋 El empleador debe aportar:

  • NIF/CIF de la empresa o autónomo
  • Alta en la Seguridad Social (TA2)
  • Últimas declaraciones fiscales (IRPF, IVA)
  • TC2 de los últimos 3 meses (trabajadores dados de alta)
  • Justificación de medios económicos para pagar el salario

Tipos de contratos válidos:

  • Contrato indefinido: El más recomendable
  • Contrato temporal de 1 año o más: También válido
  • Varios contratos a tiempo parcial: Si suman mínimo 30 horas semanales
  • Contrato autónomo: Si vas a trabajar por cuenta propia, presentas un plan de negocio

✅ Consejo:

El empleador puede ser español, extranjero con residencia legal, o una empresa. Lo importante es demostrar la viabilidad económica del empleo. Si tienes contrato con familiares, habrá mayor escrutinio.

4. Informe de integración

Si no tienes familiares directos con residencia legal en España, necesitas el informe de integración social. Este documento lo emite el ayuntamiento de tu localidad y certifica que estás integrado en la comunidad.

Cómo obtener el informe:

Paso 1: Solicítalo en el área de Servicios Sociales de tu ayuntamiento.

Paso 2: Un trabajador social realizará una entrevista personal contigo para evaluar:

  • Tu situación familiar y social
  • Conocimiento del idioma español
  • Participación en actividades comunitarias
  • Escolarización de hijos (si los tienes)
  • Vínculos con asociaciones, ONGs, etc.

Paso 3: El informe se emite en 30-60 días y puede ser:

  • Favorable: Certifica tu integración
  • Desfavorable: No certifica suficiente integración (puedes solicitarlo de nuevo pasado un tiempo)

ℹ️ Documentos útiles para la entrevista:

Lleva certificados de cursos de español, participación en asociaciones, voluntariado, matrícula escolar de tus hijos, cartas de recomendación de vecinos o entidades locales. Todo suma puntos.

5. Documentos necesarios

📋 Checklist completa de documentos

  • Formulario EX-10 cumplimentado y firmado
  • Pasaporte completo en vigor (original y copia)
  • Certificado de empadronamiento histórico que cubra los 3 años
  • Documentos de permanencia: contratos de alquiler, facturas, recibos médicos, etc.
  • Certificado de antecedentes penales español (original, no caduca)
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen (apostillado y traducido)
  • Informe de integración social favorable O libro de familia de familiar en España
  • Contrato de trabajo firmado con todas las firmas
  • Documentación del empleador: NIF, alta SS, declaraciones fiscales, TC2
  • Justificación medios económicos del empleador
  • Tasa modelo 790 código 052 (10,71 € en 2026)
  • 3 fotografías tamaño carnet recientes

6. Proceso de solicitud

Paso 1: Preparar la documentación

Reúne todos los documentos de la lista anterior. Es fundamental que todo esté completo y correcto.

Paso 2: Solicitar cita previa

Debes pedir cita en la Oficina de Extranjería de tu provincia a través de la web oficial o llamando al teléfono de información. En algunas provincias hay gran demanda y conseguir cita puede tardar semanas o meses.

Paso 3: Presentar la solicitud

Acude a tu cita con toda la documentación. El funcionario revisará que esté completa y te dará un resguardo de presentación con un número de expediente.

Paso 4: Esperar la resolución

La administración estudiará tu caso. Pueden pedirte documentación adicional (tienes 10 días para aportarla) o directamente resolver.

Paso 5: Recoger la autorización

Si es favorable, te citarán para:

  • Pagar la tasa de TIE (modelo 790 código 012: 16,32 € en 2026)
  • Tomar huellas y fotografía
  • Recoger tu Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en 4-6 semanas

Paso 6: Dar de alta en la Seguridad Social

Una vez tengas la autorización favorable (aunque aún no tengas la tarjeta física), tu empleador debe darte de alta en la Seguridad Social y puedes empezar a trabajar.

7. Plazos y resolución

Plazos de resolución:

  • Plazo máximo legal: 3 meses desde la presentación
  • Plazo real: 2-6 meses (varía por provincias)
  • Silencio administrativo: Si pasan 3 meses sin respuesta, se entiende denegado (puedes recurrir)

Resultados posibles:

1. Concesión: Te otorgan la autorización de residencia y trabajo por 1 año.

2. Requerimiento: Te piden más documentación (tienes 10 días para aportarla).

3. Denegación: Puedes presentar recurso de reposición en 1 mes o recurso contencioso-administrativo en 2 meses.

✅ Duración y renovación:

La primera autorización es de 1 año. Puedes renovarla por 2 años, luego otros 2 años. Después de 5 años de residencia legal, puedes solicitar la residencia de larga duración (permanente).

8. Preguntas frecuentes

¿Puedo solicitar arraigo social si solo tengo 2 años y medio en España?

No, los 3 años completos son un requisito obligatorio y no negociable. Debes esperar a cumplir exactamente 3 años. Sin embargo, puedes ir preparando toda la documentación, consiguiendo el contrato y el informe de integración para presentar la solicitud justo al cumplir los 3 años.

¿Qué pasa si no consigo un contrato de trabajo?

Sin contrato de trabajo no puedes solicitar arraigo social. Podrías considerar otras opciones como arraigo laboral (si has trabajado 6 meses de forma irregular y puedes demostrarlo) o arraigo familiar (si tienes hijos españoles o cónyuge con residencia). También podrías presentar un proyecto de trabajo por cuenta propia si tienes la formación y recursos.

¿El contrato puede ser a tiempo parcial?

Sí, pero debe ser de al menos 30 horas semanales. Puede ser un solo contrato de 30 horas o varios contratos a tiempo parcial que sumen ese mínimo. Lo importante es que la jornada total sea suficiente para demostrar estabilidad económica y los contratos duren mínimo 1 año.

¿Es obligatorio el informe de integración si tengo familia en España?

No, si tienes vínculos familiares directos (padres, hijos o cónyuge) que tengan residencia legal en España, NO necesitas el informe de integración. Simplemente debes presentar el libro de familia o certificado de nacimiento/matrimonio que acredite el vínculo. El informe solo es necesario si no tienes estos vínculos familiares.

¿Cuánto tiempo tarda en salir el informe de integración?

El plazo varía según el ayuntamiento, pero generalmente entre 30 y 60 días desde que realizas la entrevista con el trabajador social. En algunos municipios puede ser más rápido (2-3 semanas) y en grandes ciudades puede demorarse más. Es recomendable solicitarlo con antelación, incluso antes de tener el contrato de trabajo.

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